Inicio › Incapacidades del IMSS
Calculadora de incapacidades del IMSS 2026
Calcula cuánto te paga el IMSS mientras estás incapacitado por enfermedad general, riesgo de trabajo o maternidad, y cuánto dejas de recibir frente a tu salario normal.
Tu resultado
El IMSS te paga
-
Comparado con tu salario
Cómo se calcula
1. Salario base
El IMSS usa tu último salario base de cotización (SBC) diario, con un tope de 25 UMA: $2,932.75 diarios en 2026 (artículo 28 de la Ley del Seguro Social). Si capturas un sueldo mensual se divide entre 30, quincenal entre 15 y semanal entre 7.
2. Enfermedad general
60% del SBC a partir del cuarto día de incapacidad (artículos 96 y 98). Los primeros 3 días no se pagan. Hasta 52 semanas, con prórroga de 26. Requisito: 4 semanas cotizadas justo antes de enfermarte (artículo 97).
3. Riesgo de trabajo
100% del SBC desde el primer día, sin semanas mínimas (artículo 58, fracción I). Incluye accidentes en el trabajo, en el trayecto de tu casa al trabajo y enfermedades de trabajo.
4. Maternidad
100% del SBC durante 84 días: 42 antes y 42 después del parto (artículo 101). Requisito: 30 semanas cotizadas en los 12 meses anteriores (artículo 102); si no las tienes, paga tu patrón.
5. ISR
El subsidio por incapacidad está exento de ISR (artículo 93 de la Ley del ISR), así que lo que calcula esta página es lo que recibes.
Ejemplos 2026
Lo que paga el IMSS por 7 días de enfermedad general o riesgo de trabajo, y por los 84 días de maternidad.
| SBC diario | Enfermedad general (7 días) | Riesgo de trabajo (7 días) | Maternidad (84 días) |
|---|---|---|---|
| $315.04 | $756.10 | $2,205.28 | $26,463.36 |
| $500.00 | $1,200.00 | $3,500.00 | $42,000.00 |
| $1,000.00 | $2,400.00 | $7,000.00 | $84,000.00 |
| $3,000.00 | $7,038.60 | $20,529.25 | $246,351.00 |
$315.04 es el salario mínimo general de 2026. Con $3,000 se aplica el tope de 25 UMA ($2,932.75). En enfermedad general solo se pagan 4 de los 7 días.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga el IMSS por incapacidad?
Depende del tipo. Por enfermedad general paga 60% de tu salario base de cotización (SBC) a partir del cuarto día (artículo 98 de la Ley del Seguro Social). Por riesgo de trabajo paga 100% desde el primer día (artículo 58). Por maternidad paga 100% durante 84 días (artículo 101). Con un SBC de $500 diarios y 7 días de enfermedad general, el IMSS paga 4 días × $300 = $1,200.
¿Por qué no me pagan los primeros 3 días de incapacidad?
En enfermedad general el subsidio empieza a partir del cuarto día de incapacidad (artículo 96 de la Ley del Seguro Social). Esos primeros 3 días no los paga el IMSS ni, por ley, el patrón, aunque algunos contratos colectivos sí los cubren. En riesgo de trabajo y maternidad no hay días de espera.
¿Cuántas semanas cotizadas necesito para cobrar una incapacidad?
Enfermedad general: 4 semanas cotizadas inmediatamente antes de la enfermedad; si eres eventual, 6 semanas en los últimos 4 meses (artículo 97). Maternidad: 30 semanas en los 12 meses anteriores al inicio del pago (artículo 102). Riesgo de trabajo: no se piden semanas mínimas.
¿Qué pasa si no tengo las 30 semanas para la incapacidad por maternidad?
El IMSS te da la atención médica, pero el subsidio de 84 días no. En ese caso tu patrón debe pagarte el salario completo de esos días (artículo 103 de la Ley del Seguro Social y artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo).
¿Cuánto tiempo puede durar una incapacidad?
Por enfermedad general hasta 52 semanas, con prórroga de hasta 26 semanas más si el IMSS lo autoriza (artículo 96). Por riesgo de trabajo el subsidio se paga mientras no puedas trabajar, y a las 52 semanas el IMSS decide si te da una incapacidad permanente. Maternidad: 42 días antes y 42 después del parto; puedes pasar hasta 4 de los días previos al periodo posterior.
¿Hay un tope para el subsidio por incapacidad?
Sí. El salario base de cotización tiene un tope de 25 UMA diarias (artículo 28 de la Ley del Seguro Social): $2,932.75 en 2026. Si ganas más, el IMSS calcula con ese tope. Por enfermedad general el subsidio máximo es $1,759.65 diarios y por riesgo de trabajo o maternidad $2,932.75.
¿El subsidio por incapacidad paga ISR?
No. Los subsidios por incapacidad están exentos de ISR (artículo 93 de la Ley del ISR). El IMSS los paga sin retener impuesto y no se suman a tu sueldo para el ISR.
¿Mi patrón me paga el sueldo mientras estoy incapacitado?
No está obligado. La incapacidad suspende la relación de trabajo (artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo) y quien paga es el IMSS. Algunos contratos colectivos obligan al patrón a pagar la diferencia hasta el 100% o los 3 días de espera; revisa el tuyo.
También te puede servir
- Salario diario integrado (SDI)SDI y SBC con factor de integración.
- Sueldo netoCuánto te queda después de ISR e IMSS.
- Finiquito y liquidaciónRenuncia o despido: lo que te deben pagar.
- Pensión Ley 73 y Modalidad 40Pensión del IMSS y cuánto sube con Modalidad 40.
Estimado informativo; no sustituye asesoría legal. El monto final lo determina el IMSS con el SBC que tenga registrado. No incluye incapacidades permanentes, pensiones por invalidez, licencias de cuidados para hijos con cáncer ni pagos adicionales de contratos colectivos. Fuentes: Ley del Seguro Social (arts. 28, 58, 96, 97, 98, 101, 102 y 103), Ley Federal del Trabajo (arts. 42 y 170), Ley del Impuesto sobre la Renta (art. 93) y UMA 2026 (INEGI). Actualizado: noviembre de 2026.