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Calculadora de PTU 2026 (reparto de utilidades)
Calcula cuánto te toca de participación en las utilidades de tu empresa: la parte por días trabajados, la parte por salario, el tope de 3 meses de la reforma de 2021 y cuánto paga ISR.
Tu resultado
PTU que te toca (bruto)
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Cómo se calcula la PTU
1. Monto a repartir
La empresa reparte el 10% de su utilidad fiscal (renta gravable) del año anterior. Cada mayo se reparte lo que la empresa ganó el año anterior.
2. Mitad por días trabajados
Monto ÷ 2 ÷ total de días trabajados de todos = factor por día. Tu parte es ese factor × tus días. Las incapacidades por riesgo de trabajo, las de maternidad y los permisos con goce de sueldo cuentan como días trabajados.
3. Mitad por salarios
Monto ÷ 2 ÷ total de salarios de todos = factor por peso de salario. Tu parte es ese factor × lo que ganaste de salario base en el año.
4. Tope
Si la suma pasa de 3 meses de tu salario (o del promedio de tu PTU de los últimos 3 años, si es mayor), recibes el tope.
5. ISR
Está exenta hasta 15 UMA: 15 × $117.31 = $1,759.65 en 2026. El resto se grava.
Ejemplos 2026
Empresa con 10 trabajadores que trabajaron todo el año (3,650 días y $1,825,000 de salarios en total). Trabajaste los 365 días.
| Tu salario mensual | Monto a repartir | PTU calculada | Tope 3 meses | PTU que recibes | Gravada |
|---|---|---|---|---|---|
| $8,000 | $200,000 | $15,333.33 | $24,000.00 | $15,333.33 | $13,573.68 |
| $15,000 | $200,000 | $20,000.00 | $45,000.00 | $20,000.00 | $18,240.35 |
| $25,000 | $200,000 | $26,666.67 | $75,000.00 | $26,666.67 | $24,907.02 |
| $15,000 | $1,000,000 | $100,000.00 | $45,000.00 | $45,000.00 | $43,240.35 |
| $40,000 | $1,000,000 | $183,333.33 | $120,000.00 | $120,000.00 | $118,240.35 |
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga la PTU?
Las empresas (personas morales) deben pagarla a más tardar el 30 de mayo y los patrones personas físicas a más tardar el 29 de junio, dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deben presentar su declaración anual (artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo).
¿Cuánto es la PTU?
La empresa reparte el 10% de su utilidad fiscal del año anterior. La mitad se divide entre todos según los días trabajados y la otra mitad según los salarios devengados (artículo 123).
¿Cuál es el tope de la PTU?
Desde la reforma de 2021, lo que recibe cada trabajador no puede pasar de 3 meses de su salario o del promedio de la PTU que recibió en los últimos 3 años; se aplica la cantidad que más le favorezca (artículo 127, fracción VIII).
¿Quién no tiene derecho a PTU?
No participan los directores, administradores y gerentes generales, los socios o accionistas, los trabajadores domésticos, los trabajadores eventuales con menos de 60 días trabajados en el año y los trabajadores de empresas que no tuvieron utilidades o están exentas, como las de nueva creación en su primer año (artículos 126 y 127).
¿Si renuncié o me despidieron me toca PTU?
Sí. Si trabajaste al menos 60 días del año en que la empresa tuvo utilidades, te corresponde la parte de esos días aunque ya no trabajes ahí. Tienes un año desde la fecha de pago para reclamarla.
¿Qué salario se usa para calcular la PTU?
La cuota diaria en efectivo, sin horas extra, bonos ni otras prestaciones (artículo 124). Para los trabajadores de confianza hay un límite: su salario se topa en el del trabajador sindicalizado o de planta mejor pagado más 20%.
¿La PTU paga ISR?
Está exenta hasta 15 UMA al año (artículo 93, fracción XIV de la Ley del ISR): $1,759.65 en 2026. Lo que pase de ese monto paga ISR.
¿Cómo sé cuánto va a repartir mi empresa?
El patrón debe entregar a los trabajadores copia de su declaración anual dentro de los 10 días siguientes a presentarla, y una comisión mixta de trabajadores y empresa elabora el proyecto de reparto, que se exhibe en un lugar visible del centro de trabajo (artículos 121 y 125). Ahí aparecen el monto total, los días y los salarios de todos.
Estimado informativo; no sustituye asesoría legal ni fiscal. Montos brutos, antes de ISR. No aplica el límite de salario de los trabajadores de confianza (art. 127, fracc. II) ni redistribuye lo que exceda el tope. Fuentes: Ley Federal del Trabajo (arts. 117 a 131, reforma publicada en el DOF el 23/04/2021), Ley del ISR (art. 93, fracc. XIV) y UMA 2026 (INEGI). Actualizado: noviembre de 2026.